Conferencia de Prensa de Empresarios del ramo restaurantero y CODICE S.C. ante las confusiones entre la Ley General para el Control del Tabaco y la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México.
De acuerdo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe imperar la ley que proteja mayormente la salud de la población. La LGCT queda por debajo de la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco y su Reglamento y, por tanto, deben imperar estos últimos.
En diversos foros realizados en el Estado de México durante el 2016, se ha abordado el tema del control del tabaco con base en la Ley General para el Control del Tabaco y no como debía ser, con base en la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco (LPTPEHT) y su Reglamento. En dichos foros, los representantes de COPRISEM dieron instrucciones de cómo operar y aplicar la LGCT y los lugares que podrían tener espacios interiores para fumar cuando, para la Ley Local, todo espacio cerrado, público y de trabajo en el Edomex es 100% libre de humo de tabaco.
La confusión generada pone en riesgo el gran avance para la salud pública que ha representado de la LPTPEHT y su Reglamento, así como la contribución de los mexiquenses a su cumplimiento, reflejado en el tercer monitoreo observacional en bares y restaurantes realizado por CÓDICE en agosto del 2015 en el cual de 30 lugares monitoreados en 23 no permiten fumar en interiores.
¡No queremos confusión, queremos información!
Codice S.C., México 7 de julio de 2016.