Espacios libres de humo de tabaco
I. Resultados
Durante los meses de marzo, julio y agosto de 2021 se llevaron a cabo dos recorridos en 178 bares y restaurantes con el fin de observar el cumplimiento de la Ley de Protección a los No Fumadores del Distrito Federal y su Reglamento, los resultados fueron los siguientes:
Espacios 100% libres de humo de tabaco (indicadores de cumplimiento) | Resultados |
Señalización que prohíba fumar en espacios interiores | 140 lugares cumplen (79%) 38 no cumplen (21%) |
Personas fumando en el interior | 139 lugares no fumaban (78%) 39 lugares sí fumaban (22%) |
Área designada para fumadores en el establecimiento | 73 lugares tienen áreas para fumadores que no cumplen con Ley y Reglamento (40%) 105 lugares sin áreas para fumadores (60%) |
Alcaldías visitadas
1. Álvaro Obregón
2. Azcapotzalco
3. Benito Juárez
4. Cuauhtémoc
5. Iztacalco
6. Iztapalapa
7. Coyoacán
8. Gustavo A. Madero
9. Tlalpan
Niveles de cumplimiento de la Ley y Reglamento
Consideramos que la Ley y Reglamento tienen un nivel medio a regular de cumplimento respecto a la señalética y los espacios cerrados libres de humo, sin embargo, las áreas designadas para fumar tienen un pésimo cumplimiento, pues ninguna acata lo estipulado por la normativa vigente. Esta valoración la realizamos a partir del siguiente cuadro sobre los niveles de cumplimiento.[1]
Nivel | Porcentaje de lugares |
Excelente | 100% de lugares observados con señalética reglamentaria, con áreas interiores LHT y, en caso de tener, áreas exteriores cumplen con Ley y Reglamento |
Medio | 80% de lugares observados con señalética reglamentaria, con áreas interiores LHT y, en caso de tener, áreas exteriores cumplen con Ley y Reglamento |
Regular | 50% de lugares observados con señalética reglamentaria, con áreas interiores LHT y, en caso de tener, áreas exteriores cumplen con Ley y Reglamento |
Pésimo | 30% o menos de lugares observados con señalética reglamentaria, con áreas interiores LHT y, en caso de tener, áreas exteriores cumplen con Ley y Reglamento |
Resaltamos lo siguiente:
- Ninguno de los 73 lugares que cuentan con áreas designadas para fumar cumplen con lo que establece la Ley y el Reglamento, ya que a estos centros de convivencia se les ha permitido ofrecer sus servicios en las aceras y en parte de las avenidas, lo cual ha provocado que estas áreas:
- No estén debidamente señalizadas
- Sean paso obligado no solo de clientes sino de peatones
- Se convierten en lugares cerrados con estructuras temporales de plástico o tela para proteger a la clientela del clima donde se permite fumar.
- El 78% de restaurantes y bares cumplen con la Ley al no permitir fumar en interiores, aunque la mayoría no cuenta con la señalética completa requerida por el Reglamento, la cual no solo exigen los letreros de prohibición de fumar, sino la debida señalización de las áreas para fumar, además de informar sobre los efectos del consumo de tabaco y su prevención.
II. Metodología
El objetivo de la investigación fue conocer el estado de cumplimiento de la Ley de Protección a los No Fumadores del Distrito Federal, para tal cometido se utilizaron las siguientes herramientas metodológicas:
- Técnica de investigación: Observación dirigida en sitios de convivencia y hospitalidad
- Instrumento de recolección de datos: cuestionario con preguntas cerradas
La selección de lugares se hizo de manera aleatoria. Se dividió a la ciudad en cinco zonas con base a las alcaldías:
1. Norte: Azcapotzalco, Gustavo A. Madero, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza.
2. Centro: Benito Juárez y Cuauhtémoc.
3. Poniente: Álvaro Obregón, Magdalena Contreras y Cuajimalpa.
4. Oriente: Iztacalco, Iztapalapa y Tláhuac.
5. Sur: Coyoacán, Xochimilco, Tlalpan y Milpa Alta.
Para la interpretación de resultados se tomaron en cuenta las Directrices para la aplicación del artículo 8, sobre la protección contra la exposición al humo de tabaco del Convenio Marco para el Control del Tabaco[2], así como los estudios “Ambientes libres de humo en restaurantes y bares en México a 10 años de la implementación de la Ley General para el Control del Tabaco” y “Sistemas mecánicos versus prohibiciones de fumar para el control del humo de segunda mano” del Instituto Nacional de Salud Pública[3].
III. Recomendaciones
1. Se exhorta a la Secretaría de Salud y a las alcaldías a implementar acciones como:
- Campañas dirigidas a las y los propietarios de los centros de convivencia para mejorar la señalización de los espacios 100% libres de humo, así como el debido cumplimiento de las áreas exteriores designadas para fumar luego de la reapertura económica.
- Campañas de información al público en general para promover el cumplimiento de la Ley y propiciar su participación.
2. Se pide al Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México a realizar visitas regulares en restaurantes y bares para mejorar el cumplimiento de la Ley.
Finalmente, reiterar que la Ciudad de México ha sido una de las entidades más afectadas por la pandemia del coronavirus, con 38 mil 418 muertes y 926 mil casos confirmados. A esto, se tiene que sumar las 4 mil 619 muertes anuales por consumo de tabaco, 13 al día, todas ellas prevenibles.
[1] Para elaborar este cuadro retomamos los estudios: Barrientos Gutiérrez, Tonatiuh, Sánchez Pájaro, Andrés, et. al., “Ambientes libres de humo en restaurantes y bares en México a 10 años de la implementación de la Ley General para el Control del Tabaco”, Instituto Nacional de Salud Pública, por publicarse, 2019 y Barrientos, Tonatiuh, Amick, Benjamín, et. al. “Mechanical Systems Versus Smoking Bans for Secondhand Smoke Control”, Instituto Nacional de Salud Pública, 2011.
[2] Organización Mundial de la Salud, Directrices para la aplicación del artículo 8, sobre la protección contra la exposición al humo de tabaco, disponible en https://www.who.int/fctc/guidelines/adopted/article_8/es/, página consultada 16 de septiembre de 2021.
[3] Tonatiuh Barrientos Gutiérrez, Andrés Sánchez Pájaro, et. al., “Ambientes libres de humo en restaurantes y bares en México a 10 años de la implementación de la Ley General para el Control del Tabaco”, Instituto Nacional de Salud Pública, por publicarse, 2019 y Tonatiuh Barrientos, Benjamín Amick, et. al. “Mechanical Systems Versus Smoking Bans for Secondhand Smoke Control”, Instituto Nacional de Salud Pública, 2011.
Publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco
I. Resultados
Durante los meses de marzo, julio y agosto de 2021 se llevaron a cabo dos recorridos en 103 puntos de venta cercanos a parques, centros comerciales y escuelas de educación básica de la Ciudad de México con el fin de observar el cumplimiento de la Ley de Protección a los No Fumadores del Distrito Federal y la Ley General para el Control del Tabaco, los resultados fueron los siguientes:
Prohibición total de publicidad, promoción y patrocinio (indicadores de cumplimiento) | Resultados |
Señalización de prohibición de venta a menores de edad | 77 puntos de venta no tienen (75%) 26 puntos de venta sí (25%) |
2. Forma de exhibición: a. Cerca de los dulces b. A un metro de altura c. Pared publicitaria en área de caja d. Ninguna | 2. Formas de exhibición: a. En 30 puntos de venta (29%) b. En 17 puntos de venta (16%) c. En 21 puntos de venta (20%) d. En 17 puntos de venta (16%) |
Cigarro electrónico:Exhibición, promoción o descuento | En 14 puntos de venta (13%) |
Resaltamos lo siguiente:
- Es alarmante que en el 75% de los puntos de venta no esté la señalización de la prohibición de la venta a menores de edad.
- Solo en el 16% de los lugares no se encontró algún tipo de publicidad de productos de tabaco, por lo que en el resto, 86 puntos de venta, sí había publicidad mediante gabinetes o armarios de la marca, exhibición de las cajetillas sin las advertencias sanitarias y la venta de cigarro suelto en cajetilla abierta.
- Las reiteradas prácticas de la industria tabacalera para atraer a niñas, niños y jóvenes como la exhibición de sus productos cerca de los dulces, a un metro de altura, así como las paredes publicitarias en el área de caja en la mayoría de los lugares visitados, representa un riesgo para la salud de estos grupos.
- Alarma la presencia de nuevos productos de consumo de nicotina y cigarros electrónicos, pues en 14 puntos de venta se encontraron, los cuales representa un riesgo para la salud como ya lo señaló la Organización Mundial de la Salud[1].
Alcaldías visitadas
- Álvaro Obregón
- Azcapotzalco
- Benito Juárez
- Cuauhtémoc
- Iztacalco
- Iztapalapa
- Coyoacán
- Gustavo A. Madero
- Tlalpan
II. Metodología
El objetivo de la investigación fue conocer el estado de cumplimiento de la Ley de Protección a los No Fumadores del Distrito Federal y la Ley General para el Control del Tabaco, para tal cometido se utilizaron las siguientes herramientas metodológicas:
- Técnica de investigación: observación dirigida en puntos de venta cercanos a escuelas, parques y centros comerciales
- Instrumento de recolección de datos: cuestionario con preguntas cerradas
La selección de los puntos de venta se hizo a partir de sitios de referencia como escuelas de educación básica, centros comerciales y parques, a partir de éstos se trazó una zona de observación de una cuadra a la redonda. De igual forma, se dividió a la ciudad en cinco zonas: 1. Norte: alcaldías Azcapotzalco, Gustavo A. Madero, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza. 2. Centro: alcaldías Benito Juárez y Cuauhtémoc. 3. Poniente: alcaldías Álvaro Obregón, Magdalena Contreras y Cuajimalpa. 4. Oriente: alcaldías Iztacalco, Iztapalapa y Tláhuac. 5. Sur: alcaldías Coyoacán, Xochimilco, Tlalpan y Milpa Alta.
Los indicadores se diseñaron con el fin de registrar el cumplimiento de las disposiciones de ambas leyes de cara a las prácticas que actualmente implementa la industria tabacalera, la cual destina cerca del 95% de sus gastos de publicidad en los puntos de venta con el fin de atraer a niñas, niños y jóvenes para el consumo de sus productos[2], razón por la cual, nuestra observación se centra en tales acciones dirigidas a ellas y ellos.
De igual manera, observamos a la exhibición como una forma de publicidad y promoción, tal como lo señalan las Directrices para la aplicación del artículo 13, sobre publicidad, promoción y patrocinio del tabaco del Convenio Marco para el Control del Tabaco:
“La exhibición de productos de tabaco en puntos de venta es en sí misma una forma de publicidad y promoción. La exhibición de productos es un medio clave para promover productos de tabaco y el consumo de éstos, inclusive mediante la incitación a comprar productos de tabaco, creando la impresión de que el consumo de tabaco es socialmente aceptable, y haciendo más difícil que los consumidores de tabaco abandonen el hábito”. [3]
Para la interpretación de resultados se tomaron en cuenta las Directrices para la aplicación del artículo 13, sobre publicidad, promoción y patrocinio del tabaco del Convenio Marco para el Control del Tabaco[4], así como al estudio “Niños en la mira de la industria tabacalera. Análisis sobre la publicidad y exhibición de productos de tabaco en los puntos de venta de América Latina como estrategia para atraer a niños, niñas y adolescentes al consumo”.[5]
III. Recomendaciones
A la Secretaría de Salud Federal y a la Comisión Federal contra Riesgos Sanitarios, en colaboración con la Secretaría de Salud de la CDMX a:
- Reforzar el cumplimiento de la señalización de prohibición de venta a menores en todos los puntos de venta de la Ciudad de México
- Restringir toda forma de exhibición de productos de tabaco en los puntos de venta
- Restringir toda forma de exhibición y promoción de los nuevos productos de administración de nicotina y cigarros electrónicos ya que representan un riesgo para la salud de las y los niños y jóvenes.
Finalmente, reiterar que la Ciudad de México ha sido una de las entidades más afectadas por la pandemia del coronavirus, con 38 mil 418 muertes y 926 mil casos confirmados. A esto, se tiene que sumar las 4 mil 619 muertes anuales por consumo de tabaco, 13 al día, todas ellas prevenibles.
[1] Organización Mundial de la Salud, “La OMS informa sobre los progresos en la lucha contra la epidemia de tabaquismo 2020”, disponible en https://www.who.int/es/news/item/27-07-2021-who-reports-progress-in-the-fight-against-tobacco-epidemic, página consultada 16 de septiembre 2021.
[2] Fundación Interamericana del Corazón-Argentina, “Niños en la mira de la industria tabacalera. Análisis sobre la publicidad y exhibición de productos de tabaco en los puntos de venta de América Latina como estrategia para atraer a niños, niñas y adolescentes al consumo”, disponible en https://www.ficargentina.org/documentos/la-salud-no-se-negocia-3o-edicion-ninos-en-la-mira-de-la-industria-tabacalera-analisis-sobre-la-publicidad-y-exhibicion-de-productos-de-tabaco-en-los-puntos-de-venta-de-america-latina-como-estrate/, página consultada 16 de septiembre de 2021.
[3] Organización Mundial de la Salud, Directrices para la aplicación del artículo 13, sobre publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, disponible en https://www.who.int/fctc/guidelines/adopted/article_13/es/, página consultada 16 de septiembre de 2021.
[4] Organización Mundial de la Salud, Directrices para la aplicación del artículo 13, sobre publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, disponible en https://www.who.int/fctc/guidelines/adopted/article_13/es/, página consultada 16 de septiembre de 2021.
[5] Fundación Interamericana del Corazón-Argentina, “Niños en la mira de la industria tabacalera. Análisis sobre la publicidad y exhibición de productos de tabaco en los puntos de venta de América Latina como estrategia para atraer a niños, niñas y adolescentes al consumo”, disponible en https://www.ficargentina.org/documentos/la-salud-no-se-negocia-3o-edicion-ninos-en-la-mira-de-la-industria-tabacalera-analisis-sobre-la-publicidad-y-exhibicion-de-productos-de-tabaco-en-los-puntos-de-venta-de-america-latina-como-estrate/, página consultada 16 de septiembre de 2021.